Certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión

Requisitos para obtener el Certificado de Cualificación Individual en Baja Tensión.

Para obtener el Certificado de Cualificación Individual en Baja Tensión, las personas físicas deberán acreditar ante la Comunidad Autónoma donde radique el interesado:
a) Encontrarse en edad legal laboral.
b) Conocimientos teórico-prácticos de electricidad.
Sin perjuicio de lo previsto en la legislación sobre competencias profesionales, se entenderá que reúnen dichos conocimientos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
b.1) Técnicos de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas, con 1 año de experiencia, como mínimo, en empresas de instalaciones eléctricas y habiendo realizado un curso de 40 horas impartido por una Entidad de Formación Autorizada en Baja Tensión;
b.2) Técnicos de grado medio en equipos e instalaciones electrotécnicas, habiendo realizado un curso de 100 horas impartido por una Entidad de Formación Autorizada en Baja Tensión;
b.3) Técnicos superiores en instalaciones electrotécnicas;
b.4) Técnicos superiores en instalaciones electrotécnicas y experiencia de trabajo en empresas de instalaciones eléctricas;
b.5) Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio o Superior con formación suficiente en el campo electrotécnico .
b.6) Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio o Superior con formación suficiente en el campo electrotécnico y experiencia de trabajo en empresas de instalaciones eléctricas;

Se admitirán las titulaciones declaradas por la Administración española competente como equivalentes a las mencionadas, así como las titulaciones equivalentes que se determinen por aplicación de la legislación comunitaria o de otros acuerdos internacionales con terceros países, ratificados por el Estado Español.

c) Haber superado un examen, ante dicha Comunidad Autónoma, en los siguientes casos:c.1) teórico-práctico, en las situaciones b.1) y b.2);
c.2) práctico, en las situaciones b.3 y b.5)
Sobre las disposiciones del Reglamento e Instrucciones Técnicas Complementarias correspondientes a la categoría en la que se desea obtener la cualificación, cuyos requisitos, criterios y contenidos mínimos podrán ser definidos mediante resolución del Órgano Competente en materia de Seguridad Industrial del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Requisitos para obtener la Autorización como Instalador en Baja Tensión.

5. AUTORIZACIÓN COMO INSTALADOR EN BAJA TENSIÓN

5.1 Requisitos.
Para obtener la autorización de Instalador en Baja Tensión, a que se refiere el apartado 2 de la presente Instrucción, deberán acreditarse ante la Comunidad Autónoma donde radiquen los interesados, los siguientes requisitos:
a) Contar con los medios técnicos y humanos que se determinan en el Apéndice de la presente Instrucción, para las respectivas categorías;
b) Tener suscrito seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones, mediante póliza por una cuantía mínima de 600.000 euros para la categoría básica y de 900.000 euros para la categoría especialista, cantidad que se actualizará anualmente, según la variación del índice de precios al consumo, certificada por el Instituto Nacional de Estadística. De dicha actualización se trasladará justificante al Organo competente de la Comunidad;
c) Estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente;
d) Estar incluidos en el censo de obligaciones tributarias;
e) Estar dados de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social;
f) En el caso de las personas jurídicas, estar constituidas legalmente. Además, deberán aportarse, cumplimentados con los datos de la entidad, los carnets identificativos de las personas físicas dotadas de Certificados de cualificación individual.

5.2. Concesión y validez.
5.2.1. El Organo competente de la Comunidad Autónoma, en caso de que se cumplan los requisitos indicados en el apartado anterior, expedirá el correspondiente Certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión, en el cual constará la categoría o categorías que comprenda. Además, constará en el certificado la advertencia de que el mismo no tendrá validez si el instalador no ha sido inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales, para lo cual deberá reservarse un apartado en el certificado para su cumplimentación por el Registro.
En el caso de personas jurídicas se diligenciarán por la Comunidad Autónoma, asimismo, los carnets individuales identificativos.
5.2.2. El Certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión tendrá validez en todo el territorio español, y por un período inicial de 5 años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que permitieron su concesión.
Se renovará, por un período igual al inicial, siempre que el Instalador autorizado lo solicite al Organo competente de la Comunidad Autónoma con anterioridad a los 3 meses previos inmediatos a la finalización de su vigencia, y se acredite el mantenimiento de las condiciones que dieron lugar a su anterior autorización.
Si el Organo competente no resolviese sobre la renovación antes de la fecha de caducidad de la autorización, o en los 3 meses posteriores, aquélla se considerará concedida.
5.2.3 Cualquier variación en las condiciones y requisitos establecidos para la concesión del certificado deberá ser comunicada al Organo competente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de un mes, si no afecta a la validez del mismo. En caso de que dicha variación supusiera dejar de cumplir los requisitos necesarios para la concesión del certificado, la comunicación deberá ser realizada en el plazo de 15 días inmediatos posteriores a producirse la incidencia, a fin de que el Organo competente de la Comunidad Autónoma, a la vista de las circunstancias, pueda determinar la cancelación del mismo o, en su caso, la suspensión o prórroga condicionada de la actividad, en tanto se restablezcan los referidos requisitos.
La falta de notificación en el plazo señalado en el párrafo anterior, podrá suponer, además de las posibles sanciones que figuran en el Reglamento, la inmediata suspensión cautelar del certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión.
Asimismo, el certificado de instalador o de persona jurídica autorizada en Baja Tensión podrá quedar anulado, previo el correspondiente expediente, en caso de que se faciliten, cedan o enajenen certificados de instalación de obras no realizadas por el instalador autorizado.

 

Requisitos para obtención del Certificado de Cualificación Individual (CCI)

Los Instaladores autorizados en Baja Tensión se clasifican en las siguientes categorías:
– Categoría básica (IBTB)
Los instaladores de esta categoría podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones eléctricas para baja tensión en edificios, industrias, infraestructuras y, en general, todas las comprendidas en el ámbito del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, que no se reserven a la categoría especialista (IBTE),
– Categoría especialista (IBTE).
Los instaladores y empresas instaladoras de la categoría especialista podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones de la categoría Básica y, además, las correspondientes a:
  • M1: Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios;
  • M2: sistemas de control distribuido;
  • M3: sistemas de supervisión, control y adquisición de datos;
  • M4: control de procesos;
  • M5: líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía;
  • M6: locales con riesgo de incendio o explosión;
  • M7: quirófanos y salas de intervención;
  • M8: lámparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares;
  • M9: instalaciones generadoras de baja tensión
CONTENIDO:
  • REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ (CATEGORÍA BÁSICA Y ESPECIALISTA)
  1. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA
  2. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA Y ACREDITACIÓN DE 1 AÑO DE EXPERIENCIA EN EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA
  3. OBTENCIÓN MEDIANTE SUPERACIÓN DE EXAMEN PRÁCTICO
  4. OBTENCIÓN MEDIANTE CURSO +SUPERACIÓN DE EXAMEN TEÓRICO PRÁCTICO
  5. CONVALIDACIÓN CARNÉS ANTIGUOS
  • ADMISIÓN A EXAMEN
  • RENOVACIÓN DEL CCI
  • NORMA REGULADORA
REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ (CATEGORÍA BÁSICA Y ESPECIALISTA)
Existen distintos procedimientos de obtención del carné según los requisitos que cumpla el solicitante:
  1. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA
  2. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA Y ACREDITACIÓN DE 1 AÑO DE EXPERIENCIA EN EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA
  3. OBTENCIÓN MEDIANTE SUPERACIÓN DE EXAMEN PRÁCTICO
  4. OBTENCIÓN MEDIANTE CURSO +SUPERACIÓN DE EXAMEN TEÓRICO PRÁCTICO
  5. CONVALIDACIÓN CARNÉS ANTIGUOS
1. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA
Se expedirá el carné en las categorías que solicite directamente siempre que el solicitante cumpla los siguientes requisitos:
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Encontrarse en edad legal laboral.
DNI en vigor
Estar en posesión del título de Ingeniero Industrial ó Ingeniero Técnico Industrial
Copia compulsada de dicho título
1 fotografía tamaño carné
2. OBTENCIÓN DIRECTA POR TITULACIÓN ACADÉMICA Y ACREDITACIÓN DE 1 AÑO DE EXPERIENCIA EN EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA
Se expedirá el carné en las categorías que solicite directamente siempre que el solicitante cumpla los siguientes requisitos:
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Encontrarse en edad legal laboral.
DNI en vigor
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
  • Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas
  • FP Segundo Grado en Instalaciones y Líneas Eléctricas
  • FP Segundo Grado en Máquinas Eléctricas
  • FP Segundo Grado en Electricidad Naval
  • Titulados Grado Medio o Superior con formación Electrotécnica
Copia compulsada de dicho título
1 fotografía tamaño carné
Al menos un año de experiencia de trabajo en empresas de instalaciones eléctricas autorizadas
Certificado de empresas en las que ha desarrollado la actividad profesional en cuestión
Vida laboral, expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
3. OBTENCIÓN MEDIANTE SUPERACIÓN DE EXAMEN PRÁCTICO
Si no se dispone de los requisitos para la obtención directa del carné podrá obtenerlo tras la superación del examen práctico correspondiente a las categorías elegidas. Para poder examinarse deberá estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
TITULACIONES NECESARIAS PARA ACCEDER A EXAMEN PRÁCTICO
  • Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas
  • FP Segundo Grado en Instalaciones y Líneas Eléctricas
  • FP Segundo Grado en Máquinas Eléctricas
  • FP Segundo Grado en Electricidad Naval
  • Titulados Grado Medio o Superior con formación Electrotécnica
4. OBTENCIÓN MEDIANTE CURSO + SUPERACIÓN DE EXAMEN TEÓRICO PRÁCTICO
Las personas que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores y posean alguna de las siguientes titulaciones tendrán que superar un examen teórico práctico en función de las categorías elegidas, siempre que hayan realizado un curso de 40/100 horas impartido por una Entidad de Formación Autorizada en Baja Tensión.
TITULACIONES NECESARIAS PARA ACCEDER A EXAMEN TEÓRICO PRÁCTICO (UNA VEZ REALIZADO CURSO)
  • Técnico Grado Medio en:
    • Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.
    • Instalaciones eléctricas y automáticas.
  • FP Primer Grado en Electricidad
  • Modulo Profesional Nivel II Instalador-Mantenedor Eléctrico
Además de disponer de alguna de las titulaciones anteriores tendrán que realizar un curso cuya duración dependerá de si pueden acreditar experiencia laboral en alguna empresa instaladora autorizada:
EXPERIENCIA LABORAL SUPERIOR A UN AÑO
DURACIÓN DEL CURSO NECESARIO PARA ACCEDER A EXAMEN
SI
40 HORAS
NO
100 HORAS
5. CONVALIDACIÓN CARNÉS ANTIGUOS
El plazo finalizó el 19 de septiembre de 2005. Actualmente no es posible realizar la convalidación de carnés profesionales anteriores a la aplicación del real decreto 842/2002.
ADMISIÓN A EXAMEN
 
Dentro del plazo de presentación de solicitudes que se abra cuando se publiquen las convocatorias de Examen los aspirantes deberán aportar la documentación que se especifique en la convocatoria. A título orientativo:
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN
Solicitud
Solicitud de admisión a examen
DNI en vigor
Poseer la titulación requerida para acceder al examen
Copia compulsada de titulo académico o certificado de estudios
Poseer la experiencia requerida para acceder al examen
Certificado de empresas en las que ha desarrollado la actividad profesional en cuestión
Vida laboral expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social
Haber seguido y superado curso reglamentario
Copia compulsada del certificado de haber seguido y superado el curso de 40 ó 100 horas emitido por la Entidad Autorizada
Pago de tasas
Acreditación de haber pagado las Tasas (Modelo 046)
RENOVACIÓN DEL CCI
La vigencia del CCI es INDEFINIDA por lo que, salvo cambios en la normativa, no procede su renovación.
NORMA REGULADORA
  • REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. BOE núm. 224 del miércoles 18 de septiembre.

4 respuestas a “Certificado de Instalador Autorizado en Baja Tensión

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  1. Hola,

    Somos una empresa del País Vasco que quiere homologarse como instaladora de baja tensión. Nos dedicamos a la instalación de sistemas fotovoltaicos.

    Podrías decirnos como realizarlo?

    Muchas gracias de antemano.

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    1. Hola,
      En el Real Decreto 842/2002 del 2 de Agosto, en el que se aprueba el reglamente electro técnico de baja tensión, en el Articulo 22 indica que las autorizaciones las conceden las comunidades autónomas y tendrán carácter estatal.

      Por lo que hay que consultar los requisitos en cada comunidad para obtener el carnet de Instalador de Baja Tensión, (Titulación específica, si hay que pasar algún examen o periodo de practicas en un centro de enseñanza, los medios materiales necesarios y el seguro de responsabilidad civil)

      Espero que os sirva de ayuda.

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  2. Hola:
    Soy licenciada en Física y llevo 25 años realizando instalaciones de baja y media tensión. Tengo mi propia empresa instaladora. Siempre hemos tenido instaladores autorizados en plantilla pero ahora me planteo darme alta yo como instalador autorizado. El asunto es que no se si con nuestra titulación es necesario pasar examen, o acreditando la experiencia y titulación universitaria con formación electrotécnica sería suficiente. Estaríamos hablando del caso 2 de los requisitos que tan estupendamente has explicado aquí. Se podría considerar que la carrera de física reune formación electrotécnica como la llaman aqui?
    Agradezco tu punto de vista.
    Gracias!!

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    1. Hola Ana,
      La respuesta rápida es que la carrera de Física no habilita para la obtención del carne de instalador electricista básico, no obstante me informaría en Industria de los requisitos para la obtención del carnet, el examen ya lo quitaron, así que no se cual es la nueva forma de obtenerlo.

      Un saludo

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